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estar a nivel de la acera. Se podrá usar el retiro frontal para acceder al nivel
de ingreso al que se lo define como planta baja (PB). A partir de este nivel la
escalera estará al interior del edificio. El retiro lateral puede utilizarse para
construir escaleras, únicamente para acceder hacia niveles bajo el nivel de la
acera. La pendiente referencial en este caso como única excepción no
define la planta baja; la pendiente referencial del terreno será paralela hasta
alcanzar el número de pisos permitidos por la zonificación. Ver gráfico 17a.
Gráfico Nº 17 a
En terrenos con frente a vías inclinadas, con forma de ocupación sobre línea
de fábrica, cuya pendiente sea mayor o igual a cuatro punto cinco grados
(4.5°), equivalente al 10%, la planta de acceso a la edificación tendrá una
altura máxima de un metro con veinte centímetros (1,20 m.), medida desde el
nivel más alto de la vía sobre la línea de fábrica, y en el lado más bajo, podrá
tener una altura máxima de 4.00 m. La altura de edificación se medirá a partir
de la tolerancia señalada en el sentido de la pendiente de la vía. Ver gráfico Nº
18.